¿Qué es y qué actos comprende?
Es toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo.
Se entenderá que las acciones u omisiones se basan en elementos de género, cuando se dirijan a una mujer por ser mujer; le afecten desproporcionadamente o tengan un impacto diferenciado en ella.
Puede manifestarse en cualquiera de los tipos de violencia reconocidos en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Yucatán y puede ser perpetrada indistintamente por agentes estatales, por superiores jerárquicos, colegas de trabajo, personas dirigentes de partidos políticos, militantes, simpatizantes, precandidatas, precandidatos, candidatas o candidatos postulados por los partidos políticos o representantes de los mismos; medios de comunicación y sus integrantes, por un particular o por un grupo de personas particulares.
Las conductas de violencia política contra las mujeres, en el estado de Yucatán, pueden expresarse, entre otras, conforme a lo establecido en el artículo 7 bis de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Yucatán.
Te invitamos a guardar la siguiente infografía para tener una versión resumida de esta información:
Monitoreo de las quejas o denuncias presentadas ante las autoridades electorales
Destacando las resoluciones del Tribunal Electoral del estado de Yucatán, en las cuáles se declaró responsabilidad por cometer actos u omisiones que constituyen violencia política en razón de género, con las claves de expedientes identificados como:
Conductas y sanciones
En las siguientes imágenes se presenta una clasificación general y se enlistan algunas expresiones de conductas, en la que se incluye las penas o sanciones aplicables. Estas pueden ser consultadas en el siguiente Decreto: DOF 13/04/2020
Actualizado a enero de 2021